En el caso de los motores de combustión interna, el valor de las emisiones de CO2 de los motores de combustión interna no excederá del 50% del valor de las emisiones de CO2 de los motores de combustión interna, excepto en el caso de los motores de combustión interna.
En el caso de los motores de combustión interna, el valor de las emisiones de CO2 de los motores de combustión interna no excederá del 50% del valor de las emisiones de CO2 de los motores de combustión interna, excepto en el caso de los motores de combustión interna.